¿Quiénes están exentos de pagar ISR al SAT?
Puebla, 26 de marzo 2024.- En México, la mayoría de las personas físicas y morales están obligadas a contribuir con el pago de impuestos, incluido el ISR. Sin embargo, existen ciertas excepciones establecidas por la ley. Aquí te explicamos quiénes son y por qué no pagan este impuesto.
Jubilados y Pensionados: Los ciudadanos que se encuentran jubilados o son pensionados no están obligados a pagar ISR, según lo establece el artículo 93, fracción IV, de la Ley de Impuesto Sobre la Renta1. Esto se debe a que sus ingresos provienen de jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, pensiones vitalicias u otras formas de retiro.
Excepciones en Pensiones: Cabe mencionar que hay excepciones. Si el monto diario de la pensión excede 15 veces el salario mínimo general, se debe pagar ISR sobre el excedente. Para 2024, esto se calcula con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que tiene un valor de 108.57 pesos diarios. Por lo tanto, si una persona recibe una pensión mayor a 49 mil 500 pesos mensuales, deberá pagar ISR solo sobre la cantidad que exceda ese límite.
Ingresos Exentos: Además de los jubilados y pensionados, hay otros ingresos que están exentos de impuestos, como las prestaciones mínimas de ley calculadas con un salario mínimo, indemnizaciones por riesgo de trabajo, salarios de retiro, programas sociales federales, reembolsos de gastos médicos, dentales, hospitalarios y de funeral, entre otros.
Entidades No Contribuyentes: La Federación, las entidades federativas, los municipios y las entidades de la administración pública paraestatal están consideradas como no contribuyentes del ISR3. Asimismo, las personas morales con fines no lucrativos también están exentas del pago de este impuesto.
Saturación de la Página del SAT
Es importante mencionar que los contribuyentes a menudo enfrentan dificultades para realizar trámites en línea debido a la saturación de la página del SAT, especialmente durante las fechas límite para presentar declaraciones y avisos. Por ejemplo, se reportó que el sitio web del SAT se saturó en el último día para notificar sobre el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), impidiendo a muchos usuarios completar sus trámites a tiempo.
El SAT ha reconocido estos problemas y ha advertido sobre posibles lentitudes en sus trámites debido a actualizaciones y mantenimiento de sus sistemas.
En ocasiones, los usuarios pueden experimentar errores o tiempos de respuesta lentos, lo que puede ser frustrante y causar inconvenientes significativos.